La oposición bonaerense presentó un proyecto de ley cuyo objetivo es que los jueces no tengan que hacer las notificaciones previas a la orden de desalojo en caso de usurpaciones, y que la interposición de cualquier recurso jurídico no suspenda la resolución del magistrado.

Este proyecto de Ley modifica el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires, presentado por el senador de Juntos por el Cambio, Juan Pablo Allan, y el acompañamiento de sus pares del mismo bloque Andrés De Leo y Walter Lanaro.

La propuesta busca modificar el artículo 231 bis del Código Procesal Penal bonaerense que establece que “el Agente Fiscal o el Juez podrán ordenar provisionalmente la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble al damnificado, cuando el derecho invocado por el peticionante fuera verosímil”. Con esta proyecto de ley buscan darles herramientas a los fiscales para agilizar el proceso.

En el mismo sentido agrega que “el pedido de restitución podrá ser presentado por la víctima o el particular damnificado directamente ante cualquiera de tales órganos”.

El proyecto establece también que “la resolución que disponga la inmediata restitución de la posesión o tenencia del inmueble será apelable en el plazo de cinco días, sin efecto suspensivo”.

“Mediante los cambios sugeridos se pretende consagrar en nuestro ordenamiento procesal penal instrumentos que tiendan a agilizar los procedimientos de restitución de los inmuebles usurpados a quienes hayan sido víctimas de tales delitos, para garantizar cabalmente sus derechos y al mismo tiempo hacer cesar lo antes posible los efectos del delito en cuestión”, fundamentaron los legisladores.

Asimismo la Ministra de Seguridad de la Nación Sabrina Frederic mantiene que no es un delito y que “en la provincia de Buenos Aires tiene una ley que prohíbe los desalojos hasta fines de septiembre y Nación tiene un decreto que los prohíbe hasta mediados de marzo”.

Que dice la ley

Esta Ley 15.172, sancionada por el Senado de la provincia de Buenos Aires del 21 de mayo pasado, establece que se suspende hasta el 30 de septiembre de este año “toda ejecución o lanzamiento colectivos, sea en sede civil o penal, que afecten a una pluralidad de familias y que pueda producir un mayor número de personas en situación de calle, se encuentren o no en un barrio popular incluido en los registros oficiales”, así como los desalojos de alquileres, las ejecuciones hipotecarias y los inmuebles comprados con créditos UVA.

Esto suma otro punto de conflicto en el momento de dictar el desalojo. Los cuales siguen en aumento en el gran buenos aires de forma descontrolada. Los Intendentes de la tercera sección de conurbado pidieron que se tomen cartas en el asunto ya que temen que no se pueda controlar la situación.

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