La sentencia se conoció hoy 11:20 hs en los tribunales santafesinos. Juan Ramón Cano fue condenado por el crimen de la docente ocurrido en febrero de 2018 en la puerta de la escuela.
Los jueces Rosana Carrara, Leandro Lazzarini y José Luis García Troiano condenaron a Juan Ramón “Chacho” Cano a la pena de prisión perpetua por el femicidio de la maestra Vanesa Castillo.
Cano fue encontrado autor materialmente responsable de los delitos de homicidio calificado por ensañamiento, alevosía y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género -femicidio, en perjuicio de Vanesa Castillo; y por lesiones dolosas cometidas a un personal policial.
Cano fue detenido el mismo día del crimen, el 15 de febrero de 2018, en medio de una pueblada que se generó en Alto Verde a raíz del violento ataque. Los vecinos y testigos refirieron que Cano se acercó a la maestra cuando salió de trabajar, intentó venderle unas ojotas tipo crocs y luego le pidió que lo llevara en la moto. Ante la negativa de Vanesa Castillo, Cano la tomó del cuello, se subió a la moto y comenzó a apuñalarla con un hierro.
Como resultado del violento ataque, Vanesa falleció al poco tiempo en el hospital Cullen. La autopsia arrojó como resultado 15 heridas en la espalda de la maestra, y el peritaje en las prendas de vestir confirmó que el casco tenía perforaciones en la zona de la nuca.
Los motivos del crimen no fueron ajenos en el debate: la crianza del imputado en un hogar violento, con un padre alcohólico y golpeador, que lo llevaron a la violencia como norma de resolución de los conflictos; abandono escolar a los siete, ocho años de edad; consumo de drogas y alcohol desde los 12 años y una desviación sexual denominada “parafilia”: estimular la excitación sexual mediante la exhibición de sus genitales a personas desconocidas para causar el shock y miedo de sus víctimas.
Para las fiscales Cristina Ferraro y Bárbara Ilera, con este trasfondo no había dudas que Cano es el autor del hecho, además de los testimonios que lo acusaron directamente. Para el defensor público Javier Casco, esto fue expresado para plantear la posibilidad de una “imputabilidad disminuida”, y que la pena impuesta no sea una perpetua.