La medida favorecerá a más de 4 millones de personas que viven en zonas frías. Las empresas prestadoras de servicio deberán hacer efectivo el descuento del 30% a 50% en las tarifas de gas.
La Ley 27.637 tiene como objetivo implementar una ampliación del régimen tarifario de gas especial para quienes residen en ciertas zonas del país.
A través del Decreto 486, firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado este martes en el Boletín Oficial, se creó un Registro Único de Beneficiarios del Régimen de Zona Fría. Además, se habilitó el mecanismo para que aquellos usuarios que no hayan sido incluidos de oficio puedan solicitar el beneficio a través de la ANSES.
La normativa establece tarifas diferenciales con un descuento del 30% para quienes viven en ciertos municipios de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Mendoza, Jujuy, San Juan, San Luis y Salta en los que se registran bajas temperaturas.
Por otro lado, reduce en un 50% las tarifas para ciertos sectores particulares de las jurisdicciones en las que aplica la nueva ley.
Quienes tengan este beneficio mayor son: los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH); la Asignación por Embarazo; pensiones no contributivas y jubilados (hasta 4 salarios mínimos), Monotributo social, quienes perciben seguros de desempleo y empleados de casas particulares.
La Ley 27.637 fue impulsada por Máximo Kirchner y aprobada el 25 de junio pasado por el Congreso. Mediante ella, se determinó una prórroga por 10 años de la reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas.
El decreto 486 lleva además las firmas de del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán.