A casi quince años de haberse promulgado, aún se sigue debatiendo no solo su vigencia, sino que también su cumplimiento y la falta de herramientas, entre otras cosas.

El 23 de octubre de 2006, en Argentina se promulgó la Ley 26.150 conocida como “Ley de Educación Sexual Integral”. Según esta ley, se debe entender la Educación Sexual Integral o ESI como aquella educación “que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”.

Según el artículo 1º de dicha ley, todos los estudiantes “tienen derecho  a recibir Educación Sexual Integral” en las escuelas ya sean de gestión estatal o privada (todas las escuelas son públicas), independientemenete de que sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las acciones promovidas por el Programa Nacional de Educación Sexual Integral están destinadas a estudiantes de todo el país y de todos los niveles desde inicial a terciarios, incluyendo las instituciones de formación docente y técnicas no universitarias.

Este programa tiene como objetivo incorporar la ESI “dentro de las propuestas educativas orientadas a la formación armónica, equilibrada y permanente de las personas”, transmitir conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre distintos aspectos de la ESI, “promover actitudes responsables ante la sexualidad”, prevenir problemas de salud general y/o reproductiva y procurar que haya trato y oportunidades de igual manera para todos, independientemente de su género.

Por su parte, en el artículo 6 la ley afirma que: “el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología definirá, en consulta con el Consejo Federal de Cultura y Educación, los lineamientos curriculares básicos del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, de modo tal que se respeten y articulen los programas y actividades que las jurisdicciones tengan en aplicación al momento de la sanción de la presente ley”.

En el artículo siguiente, la ley afirma que: “la definición de los lineamientos curriculares básicos para la educación sexual integral será asesorada por una comisión interdisciplinaria de especialistas en la temática, convocada por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con los propósitos de elaborar documentos orientadores preliminares, incorporar los resultados de un diálogo sobre sus contenidos con distintos sectores del sistema educativo nacional, sistematizar las experiencias ya desarrolladas por estados provinciales, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipalidades, y aportar al Consejo Federal de Cultura y Educación una propuesta de materiales y orientaciones que puedan favorecer la aplicación del programa”.

Por su parte, el artículo 8 añade que el programa deberá ser implementado difundiendo sus objetivos en todos los niveles de educación, implementar “el diseño de las propuestas de enseñanza, consecuencias y pautas de abordaje pedagógico, en función de la diversidad sociocultural local y de las necesidades de los grupos etarios”, realizando materiales didácticos a usar en las instituciones, siguiendo, supervisando y evaluando las actividades obligatorias que se realizaron y la inclusión de los contenidos y didáctica de la educación sexual integral en los programas de formación de educadores.

A raíz de esta ley, en el año 2012 el Ministerio de Educación de la Nación crea el  Programa Nacional de Educación Sexual Integral cuyo objetivo es coordinar, implementar y evaluar la educación sexual dentro de las instituciones de nivel inicial, primario y secundario y brindar herramientas tanto en estos tres niveles como para aquellos estudiantes que se encuentran en la etapa de proceso de formación docente, en la educación especial, a las familias y a los jóvenes adultos.

En 2018, tras la discusión por la legalización del aborto, la implementación de la ley de Educación Sexual Integral se puso en debate. Ese mismo año, se propuso modificarla. Por un lado, propusieron declarar la ley de orden público con el fin de que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la implementaran de forma obligatoria en todas las instituciones estatales y privadas. En esto también se incluía las nuevas leyes sancionadas y los conceptos que se incorporaron en los últimos diez años.

En un informe escrito por Nicolás Patierno y Giuliana Pierin en 2016 y publicado por el CONICET,  los autores afirmaron que la forma en la que se aborda la educación sexual en las escuelas está “empantanado entre la obsolescencia de un sistema basado en los ideales de la modernidad y un funcionamiento extremadamente impersonal y burocrático” que hace que sea irracional.

A pesar de que existen leyes nacionales que garanticen la educación sexual integral en todos los niveles educativos, existen muchas contradicciones. Entre ellas, mencionan que: “irregularidades en la redacción de los diseños curriculares, incongruencias con su aplicación e interpretación didáctica y confusiones respecto de su contenido, son sólo algunos de los problemas vigentes asociados a la Ley Nacional N° 26.150”.

Por otro lado, María Victoria Plaza, Leonardo González Galli y Elsa Meinardi, en otra investigación de 2013 titulada “Educación Sexual Integral y Currículo Oculto Escolar: Un estudio sobre las creencias del profesorado” y también publicada por el CONICET afirmaron: “la concepción biologicista de la educación sexual se traduce en una mera transmisión de informaciones sobre anatomía y fisiología de la reproducción humana”. En la investigación, los autores continúan diciendo que se muestra al sexo “como una ‘fuerza instintiva’ que el ser humano experimenta desde la pubertad hasta el climaterio”.

Por su parte, en la investigación los autores continúan afirmando: “los órganos genitales son denominados “reproductores”, dejando de lado aquellos que no tienen una clara función reproductora, como el clítoris” y que “el sexo es definido como un componente biológico del hombre y la mujer íntimamente vinculado al proceso de reproducción humana”.

Por último, y viniendo un poco más al presente, en el mes de octubre del 2020 se presentó el Observatorio de la Educación Sexual Integral (ESI) dependiente del Ministerio de Educación de la Nación, en el marco de las actividades por los 14 años de la promulgación de la ley de Educación Sexual Integral.

Según la página oficial del gobierno nacional, el observatorio “propone articular las acciones de investigación, monitoreo y evaluación de distintas áreas de gobierno, la sociedad civil y organismos de cooperación internacional para alcanzar la implementación de la ESI, según los lineamientos curriculares establecidos por el Consejo Federal de Educación (CFE)”.

Al día de la fecha, aun se siguen esperando datos concluyentes de las investigaciones.

En la actualidad, en Argentina aún existen barreras con respecto a la puesta en funcionamiento de la ESI. Según Betiana Cáceres -coordinadora del Laboratorio de Innovación Digital en Fundación Huésped-, en una nota para la agencia Télam, escribió: “más allá de la posible falta de recursos, la carencia de un ámbito de confianza impide el intercambio necesario entre educadores y alumnxs para alcanzar una formación responsable sobre los temas”.

Por otra parte, la coordinadora afirmó: “la falta de información o de su publicación respecto a qué se está haciendo en los diferentes niveles y modalidades es un obstáculo para tomar decisiones basadas en evidencia. La transparencia tiene que ser un pilar fundamental en el desarrollo, implementación y evaluación de políticas públicas”.

En nuestro país, existen diversas leyes que no se están haciendo cumplir no sólo por falta de herramientas, sino que también por falta de información y de organismos que hagan cumplir dichas leyes.

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