El Senado había aprobado la incorporación de esta figura en la Ley de Protección Integral de la Mujer a mediados de abril
El Gobierno promulgó este miércoles la incorporación del acoso callejero en la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, al publicarla en el Boletín Oficial.
La modificación de la normativa había sido aprobada por el Senado el pasado 18 de abril. En la ley, se define como “acoso sexual callejero”: “aquella ejercida por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público, como medios de transporte o centros comerciales, a través de conductas o expresiones verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo“.
El acoso callejero es una de las formas de la violencia psicológica y simbólica, fuertemente arraigadas en la sociedad, por lo que su abordaje requiere modificar patrones socioculturales. En 2017 se promulgó La Ley de Acoso Sexual en espacios públicos o de acceso público en la Ciudad de Buenos Aires, el primer distrito del país en implementarla, y los datos oficiales reportan que las denuncias van en aumento desde entonces.
En 2018, las demandas por este tipo de violencia tuvieron un incremento del 50% interanual, según cifras del Ministerio Público Fiscal porteño. Mientras que el “Observatorio Mujeres, Disidencias, Derechos”, arrojó que el 99% de las mujeres, niñas y adolescentes consultadas declararon haber sufrido algún tipo de acoso callejero.
La nueva norma, de carácter nacional, indica que el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) deberá abrir una línea telefónica gratuita, articulada con las provincias, que pueda ser utilizada como contención, información y asistencia a las mujeres víctimas de acoso.
Además, las fuerzas de seguridad deberán “actuar en protección de las mujeres en espacios públicos cuando se vieran afectadas por este tipo de delitos”.
También contempla articular, en el marco del Consejo Federal de Educación, “la inclusión en los contenidos mínimos curriculares de la perspectiva de género, el ejercicio de la tolerancia, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, la igualdad entre los sexos, la democratización de las relaciones familiares y la vigencia de los derechos humanos y la deslegitimación de modelos violentos de resolución de conflictos y de la ‘violencia contra las mujeres en el espacio público’ conocida como ‘acoso callejero'”.